Consumidores podrán solicitar a entidades bancarias que reversen pagos electrónicos
Cuando se trate de fraudes, operaciones no solicitadas o cuando el producto esté defectuoso.
Un decreto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamentó la posibilidad de que los ciudadanos puedan exigir la reversión de pagos del comercio electrónico en los cinco días hábiles siguientes a la operación.
Los reversión aplicará en los casos en que el usuario haya sido objeto de fraude, se trate de una operación no solicitada o el producto adquirido no haya sido recibido o esté defectuoso, siempre y cuando el vendedor y la entidad financiera estén domiciliados en Colombia.
De acuerdo con el decreto (587 de 2016), después de la solicitud, el banco o entidad financiera tendrán hasta 15 días hábiles para echar para atrás la operación, incluso sin el consentimiento del vendedor.
La ministra de Comercio, Cecilia Álvarez-Correa afirmó que si un consumidor realiza una compra por internet, paga por medio de una tarjeta débito o crédito y el producto recibido no cuenta con las características de lo solicitado, podrá pedir al banco o entidad financiera que le devuelva el dinero a la cuenta a la que fue cargada la operación, aun cuando la empresa proveedora del bien o servicio se niegue a hacerlo.
De igual forma, si un consumidor autoriza el débito automático de un servicio, como una suscripción, podrá solicitar la reversión del último mes, sin necesidad de dar una justificación al proveedor, por ejemplo, cuando se presente un error en la facturación del servicio.
Pasos para reversar el pago
1. El consumidor debe poner una queja ante el proveedor del bien o servicio dentro de los 5 primeros días hábiles siguientes a la fecha en la que tuvo noticia de la ocurrencia de una de las causales de reversión mencionadas anteriormente.
2. Los participantes del proceso de pago tendrán un término máximo de 15 días hábiles para reversar la operación desde el momento de la solicitud.
Cabe resaltar que el Decreto obliga a los proveedores a implementar las reversiones al interior de su empresa, lo cual elevará la confianza del consumidor para adquirir productos, incidiendo de manera directa en la competencia en el mercado.
“Este decreto, además de proteger al consumidor en una transacción donde el consumidor no tuvo contacto directo con el proveedor y se encuentra en desventaja en la relación de consumo, busca incentivar el uso del comercio electrónico, el cual se ha convertido en una herramienta de fácil acceso para la compra y venta de bienes y servicios”, afirmó, por su parte, el viceministro de Desarrollo Empresarial, Daniel Arango Ángel.